¿Dónde radica el valor del patrimonio arqueológico? – Luis Cornejo B.

El patrimonio hoy por hoy es una noción que se ha instalado masivamente en la sociedad chilena.  Un concepto que hasta hace muy poco era preocupación solo de la élite cultural y académica, hoy se enarbola en manos de agentes sociales antes inesperados. Ha surgido en los barrios de las grandes ciudades, entre comunidades rurales o como un reclamo de reivindicación étnica por parte de los pueblos originarios. Ya no se trata de una preocupación por aquellas arquitecturas más destacadas, sino que se refiere al paisaje cultural que caracteriza la vida de barrios, antiguos túneles olvidados por mucho tiempo bajo las calles o restos arqueológicos dispersos en pampas o cordilleras.

Este nuevo escenario tiene varios detonantes. La considerable inversión que en Chile se está haciendo actualmente en infraestructura, desarrollo inmobiliario y emprendimientos productivos tiene en común su también gigantesco poder transformador del entorno. A la vez, luego de 40 años de un ejercicio político marcadamente elitista, diversas circunstancias políticas y sociales han puesto en el imaginario social la idea de que todos pueden ser agentes de trasformaciones, que todos pueden levantar una bandera para opinar acerca de lo que ocurre en nuestro entorno. Junto con ello, el marco legal sobre monumentos, impacto ambiental y pueblos originarios que existe en Chile impone bases para definir determinadas obligaciones y derechos a los distintos actores involucrados.

Este agitado contexto, sin embargo, no ha dado mucho espacio para reflexionar y discutir aspectos esenciales como los valores socialmente relevantes del patrimonio, tal como definir con precisión dónde radica su valor, el cual hoy parece desdibujarse en la diversidad de definiciones que podrían extraerse de la discusión cotidiana en torno al tema. En las presentes líneas pretendo reflexionar precisamente sobre cuál es el valor del patrimonio, poniendo nuestro énfasis no en cualquier patrimonio, sino en el arqueológico. Este pareciera ser uno de los más complejos de ubicar con precisión en el imaginario social chileno, pese a que se nos presenta habitualmente cada vez que se excava un poco el suelo, ya sea cuando se construye una piscina, un edificio, un camino o una represa.

No está de más decir que esta reflexión surge desde mi profesión como arqueólogo y mi vinculación con el Consejo de Monumentos Nacionales como asesor y consejero.

 

El conflicto

La necesidad de pensar acerca del patrimonio arqueológico surge, como muchos otros elementos  de la vida social, en el contexto de un marcado conflicto entre distintos agentes sociales. En el caso chileno, las semillas de este conflicto se encuentran, paradojalmente, en la legalidad chilena altamente proteccionista, materializada en la Ley de Monumentos Nacionales promulgada hace más de cuatro décadas. Esta establece en lo relativo a los ahí llamados monumentos arqueológicos varias consideraciones que pueden resumirse de la siguiente manera. Toda evidencia arqueológica chilena, sea conocida o desconocida, es un monumento nacional de propiedad fiscal y, como tal, no puede ser intervenido de ninguna manera sin la aprobación del organismo estatal dedicado a su protección: el Consejo de Monumentos Nacionales. Esta declaración durante muchos años no fue preocupación más que de un reducido grupo de personas, especialmente arqueólogos, conservadores u otros especialistas. No obstante, a partir de los años noventa del siglo pasado esta afirmación legal comienza a entrar en conflicto con dos eventos no relacionados y que, de hecho, representan a dos fuerzas sociales relativamente opuestas.

Por un lado, los grupos étnicos, hoy convencionalmente llamados originarios, comienzan un marcado proceso de reconstrucción étnica y de lucha por recuperar sus derechos ancestrales perdidos. Esta se ve potenciada por la promulgación de la Ley Indígena en 1993 y la adhesión chilena al Convenio 169 de la OIT en 2011. En dicho tránsito se vuelve evidente para estos grupos que la Ley de Monumentos Nacionales declara como propiedad estatal restos arqueológicos de grupos humanos prehistóricos de los cuales ellos son o se consideran descendientes directos. Así se declara un conflicto de propiedad y de control sobre el patrimonio arqueológico matizado por: la perspectiva monumentalista del Estado versus la mirada más íntima de lo sagrado atribuida por las etnias originarias, la garantía del acceso público de la ley versus el control del acceso por parte de los grupos étnicos, o la conservación sobre la base de criterios científicos versus las condiciones originarias en que este patrimonio se depositó en la tierra en el tiempo de los ancestros. Este conflicto ha repercutido fuertemente en la investigación arqueológica y en el ámbito de los museos.

Por otro lado, la promulgación en 1994 de la Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente consolida la concepción patrimonial de las evidencias arqueológicas, al incluirlas como uno de los componentes ambientales que deben ser considerados por proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental. De esta manera, el patrimonio arqueológico se convierte en una variable nunca antes considerada por las empresas y el Estado al llevar a cabo sus proyectos de inversión, lo cual ocurre precisamente en un periodo en que estas actividades adquieren inusual fortaleza. Así, la larga historia ocupacional humana del territorio chileno, que se dispersa desde el desierto hasta la Antártida y desde el fondo marino a las más altas cumbres, inusitadamente se trasforma en uno de los componentes del ambiente más ubicuo. La aplicación de esta ley ha llevado, sin duda, al rescate de restos arqueológicos que en el pasado se perdían inevitablemente, pero a la vez se han generado conflictos relacionados con los tiempos de ejecución de dichos proyectos y el tiempo propio del rescate arqueológico, la definición explícita de qué es lo que se debe considerar arqueológico o el espacio destinado para depositar el patrimonio rescatado. Junto con esto, obviamente, se produce un debate más trascendental respecto de aquellos monumentos arqueológicos que los especialistas o diversas comunidades consideran que deben ser protegidos de cualquier impacto.

En este contexto, el patrimonio arqueológico hoy en día se encuentra en una tensión nunca antes vista, usando una metáfora proveniente de la física diríamos que está siendo tensionado por distintas fuerzas, muchas veces divergentes, de distintas magnitudes y que obedecen a vectores no relacionados. En esta situación es posible observar que mucha de la discusión cruza el principal tema que aquí pretendemos tratar: la definición de dónde radica el valor patrimonial de los restos arqueológicos.

Obviamente responder a esta pregunta no es simple y estoy muy consciente de que cualquiera definición que se haga dejará aspectos que otros pueden considerar centrales. Por esta razón pretendo ubicar esta discusión en un principio elemental: no es posible ninguna definición de este tipo si esta no tiene sentido como práctica social. Como bien remarca Gnecco (2011) el patrimonio se vuelve un Golem si es fetichizado como un monumento dispuesto en una plaza pública.

 

El patrimonio arqueológico como capital cultural

No viene al caso aquí desarrollar una explicación detallada sobre la Teoría de la Práctica desarrollada por Pierre Bourdieu (1997), aunque sí quisiera destacar algunos de sus sentidos que resultan útiles para iluminar esta discusión. Para este influyente sociólogo, una de las fuentes principales de la capacidad de agencia de los individuos, es decir, su posición en la estructura de poder, se encuentra en el capital económico y cultural que posean. Este último se puede entender por el grado de riqueza cultural que cada sujeto posee y que se manifiesta en tres formas. Por un lado existe un estado incorporado, el cual se refiere básicamente al proceso de adquisición de conocimientos por medio de las distintas vías de socialización que tenga un individuo. En segundo lugar, existe el estado objetivado que se manifiesta por medio de la materialidad misma, ya sean libros, pinturas o monumentos, que se encuentran en el ámbito en que el individuo se desarrolla y que son producto de la historia. Por último, el estado institucionalizado tiene que ver con el reconocimiento formal de la competencia cultural de cada individuo, tal como un título escolar o universitario (Bourdieu, 1987).

Estas nociones, especialmente las dos primeras, me parece que nos permiten enfocar con mayor precisión el valor del patrimonio. Si bien estos conceptos se pueden aplicar para comprender desde una perspectiva social cualquier componente del patrimonio de un pueblo, resultan especialmente útiles para dar sentido y densidad al patrimonio arqueológico, muchas veces asumido como una especie de escenografía para unas vacaciones perfectas. Así parece posible ubicar con precisión al patrimonio arqueológico como activo, tanto en el estado incorporado como objetivado del capital cultural, ambos recíprocamente determinados.

Los individuos construimos nuestro ser a partir del lugar en que nos encontramos y su historia, ya sea que vivamos en él o estemos simplemente de pasada. Así, si nos ubicamos en un espacio vacío, sin historia, tendremos la densidad social que dicho vacío nos proporciona. Por otro lado, si el lugar es portador de una profunda historia y la conocemos, nuestra constitución como seres sociales será mucho más densa. Esto es lo que podemos llamar historicidad o conciencia histórica y que se forma básicamente por medio del conocimiento, es decir, como capital cultural incorporado.

En este contexto, el patrimonio arqueológico remarca su valor al ser la única herramienta para acercarnos a la real profundidad de la historia, no únicamente a aquella que fue registrada con los métodos y/o en el tiempo de la ciencia histórica. Lo arqueológico, generalmente constituido de retazos materiales de formas de vida hoy desaparecidas, muchas de ellas de miles de años de antigüedad, es la única manera de incorporar profundamente la historia. Así, una carretera en el desierto de Atacama puede ser vista solamente como una cinta de asfalto en la mitad de la nada, o bien podemos desplegar a nuestro alrededor las vidas de los obreros salitreros, de los que recorrían el camino inka o de aquellos que lo cruzaban para conseguir materia prima para sus herramientas de piedra. En este sentido entonces, el valor del patrimonio arqueológico se encuentra en que es la única puerta a la totalidad de la historia del lugar en que habitamos o nos encontramos, o al menos a aquella que ha dejado alguna evidencia material.

Este conocimiento incorporado se relaciona con un capital cultural objetivado por medio de los restos arqueológicos mismos. Estos restos son propiamente una manifestación física de la historia y nos permiten acercarnos, hacerla carne, uniendo el conocimiento con la experiencia. En este caso la posesión, como eje central de la objetivación, es más compleja, ya que en Chile, por ejemplo, todos los restos arqueológicos y los lugares donde se encuentran, sean conocidos o no, son de propiedad del Estado y no de individuos particulares.[1]Artículo 21°, Ley 17.228 de Monumentos Nacionales En este contexto legal, que obviamente en algunos casos es trasgredido, la única manera de entender la posesión es por medio de la “apropiación cultural”, es decir, como un mecanismo que sin usurpar los bienes los vuelve simbólicamente “nuestros”. Un mecanismo similar por el cual un conjunto de niños hace propio el espacio público de la plaza de su barrio a través de la práctica cotidiana.

De esta manera, si al igual que Bourdieu entendemos al capital cultural como un componente sustancial del habitus o el conjunto de disposiciones mentales que permiten la acción de los individuos dentro de un campo social determinado (1997), podemos ubicar su valor precisamente en que es capaz de proveer principios para que las personas puedan interpretar la realidad y a través de ello construir prácticas sociales concretas en el día a día. En este panorama, ciertamente que el capital cultural relativo a la historia, especialmente aquel referente a la historia profunda, puede proveer principios explicativos de la sociedad, es decir la comprensión del momento-espacio que como individuo habitamos, así como principios orientadores de las prácticas sociales, es decir, la posibilidad de confrontar el habitus que nos envuelve. Es evidente entonces que el grado de detalle de la historia que conozcamos y las manifestaciones materiales de ella a la cuales tengamos acceso, juegan un papel central en la constitución de la agencia social de los individuos, fuente de riqueza cultural y social.

Por último, hay que decir que el patrimonio arqueológico como capital cultural se encuentra en muchos países como en Chile, es decir, en un estado más que nada potencial. La ideología dominante en nuestro país, caracterizada por lo que podríamos llamar una vocación europea en su proceso de afirmar su poder, ha pretendido permanentemente negar la historia previa a la llegada de los españoles, relegando lo prehispánico a unas pocas líneas muy imprecisas. De hecho, este proceso ha sido aplicado también a las clases, oficios y prácticas sociales con un fuerte mestizaje o en posiciones sociales muy desventajosas de la época colonial y republicana, convirtiendo a sus restos materiales en la única manera de conocer algo de ellas.

Puesto de esta manera, el patrimonio arqueológico, como dice la etimología de la palabra patrimonio, significa riqueza ya que es un bien único e irremplazable que nos permite reconocer nuestra posición en la historia y a partir de ella darnos densidad como individuos sociales poderosos, como agentes dotados de múltiples capacidades en el escenario social en que vivimos.

Un futuro brillante, cargado de individuos poderosos, supone entonces un cambio en cómo hoy se construye el capital cultural. En ese proceso el patrimonio arqueológico debe ser dispuesto como bien cultural activo en la vida de las personas, no como monumentos dignos de contemplación. Hay que hacer importantes cambios acerca de cómo se enseña la historia en Chile, sin minimizar necesariamente lo ya existente, pero dando espacio a aquello que hoy se ignora. Se requieren de más museos modernos —nacionales, regionales y locales— que por medio de los objetos arqueológicos transmitan mensajes significativos. Es necesario que los sitios más representativos de cada región y comunidad sean puestos en valor en el paisaje cultural. En estas tareas, por supuesto, destaca el rol que el Estado debe tener para potenciar a sus ciudadanos, un Estado que busque aumentar el capital cultural de todos, un Estado que reconozca que sin riqueza cultural un pueblo solo será mano de obra para las necesidades del primer mundo.

Por último, es evidente que esta definición convierte al patrimonio arqueológico en un bien de importancia social, lo que de cierta manera da sentido a la definición de la Ley de Monumentos Nacionales chilena que asigna la propiedad legal de estos bienes al Estado, ya que el bien social debiera ser la principal preocupación de este organismo supraindividual. Esta relación definición-propiedad, puede ser vista como conflictiva por las etnias originarias u otras comunidades locales que reclaman la propiedad de estos bienes. No obstante, me parece que el rol del Estado puede ser considerado como la mejor protección posible y que, como un componente activo del capital cultural de estos grupos, es mucho más importante que la apropiación cultural de estas riquezas. Este juego propiedad-apropiación tiene una consecuencia práctica, ya que implica que este bien social requiere una forma de administración donde el Estado debe asegurar su protección, pero debe dar el espacio y fomentar que las comunidades locales lo gestionen informadamente según sus propios intereses.

 

Agradecimientos

La arqueóloga Lorena Sanhueza R. ha realizado comentarios críticos al manuscrito y ellos se han reflejado en la versión definitiva.

 

Referencias bibliográficas

Bourdieu, P. (1987): Los tres estados del capital cultura. Sociológica, 2(5), 11-23.

Bourdieu, P. (1997): Razones prácticas. Sobre la teoría de la acción. Barcelona: Anagrama.

Gnecco, Cristóbal (2011): Paisaje con Golem, Pueblos originarios en los museos, serie ArEncuentro.

 

Luis E.Cornejo B.[2]Arqueólogo. Departamento de Antropología, Facultad de Ciencias Sociales, Universidad Alberto Hurtado.

References
1 Artículo 21°, Ley 17.228 de Monumentos Nacionales
2 Arqueólogo. Departamento de Antropología, Facultad de Ciencias Sociales, Universidad Alberto Hurtado.